Normas

8:49 Red de Bibliotecas Municipales de León 0 Comentarios

Normas de acceso:


1º. Para poder hacer uso de cualquier servicio de las Bibliotecas Publicas Municipales es imprescindible registrar sus datos en el listado diario de cada biblioteca.

2º. Cuando el usuario acceda a las salas con libros ajenos a la biblioteca deberá mostrárselos al bibliotecario.

3º. La no aceptación por parte del usuario de cualquiera de estas normas invalidará su acceso a los servicios bibliotecarios.


Normas del servicio de consulta en sala:


1º. Al servicio de consulta en sala se puede acceder mediante el registro de sus datos en el listado diario de cada biblioteca.

2º. En la sala de adultos los libros están colocados siguiendo la Clasificación Decimal Universal.

3º. En la sala infantil se clasifican por edades y por colecciones.

4º.El acceso a los libros es directo por lo tanto cualquier libro que se consulte deberá ser colocado en el mismo lugar en que estaba. Si el usuario no puede identificar la ubicación del libro consultado deberá dejarlo encima de la mesa o entregárselo al bibliotecario.

5º. La mutilación de los libros obliga al beneficiario de la consulta a reponer el ejemplar o entregar en la biblioteca el importe correspondiente.

6º. La no aceptación por parte del usuario de cualquiera de estas normas invalidará su acceso a este servicio.


Normas del Servicio de Préstamo:


1º. Para tener acceso al servicio de préstamo personal de las Bibliotecas Públicas Municipales los usuarios deberán estar en posesión el carnet de la Red de Bibliotecas de Castilla y León

2º. Serán objeto de préstamo todos los libros existentes, excepto las obras de consulta (diccionarios, enciclopedias...) y las publicaciones periódicas.

3º. La duración del préstamo será de 21 días prorrogables por un periodo de 21 días, siempre que el usuario lo comunique entre los 5 últimos días y siempre que éste no haya sido solicitado por otro lector.

4º. Los usuarios podrán retirar de una sola vez hasta tres ejemplares.

5º. El servicio de préstamo personal es gratuito.

6º. El retraso en la fecha de devolución de los libros sobre el plazo marcado, conlleva la privación de este servicio tantos días como los retrasados.

7º. La mutilación de los libros o la pérdida de éstos obliga al beneficiario del préstamo a reponer el ejemplar o entregar en la biblioteca el importe correspondiente.

8º. El futuro socio ha de comprometerse a cumplir estas normas. La no aceptación por parte del usuario de cualquiera de estas normas invalidará su acceso a este servicio.



Normas del Servicio de Información y Referencia:

1º. Al servicio de información y referencia se puede acceder con el carnet de la biblioteca, el D.N.I., o con cualquier otro carnet que identifique al usuario.

2º. La biblioteca dispone de una colección de referencia formada por varios diccionarios enciclopédicos, enciclopedias temáticas...etc.

3º El acceso a la colección de referencia es directo, no obstante el usuario podrá solicitar la información deseada al bibliotecario.

4º. Las consultas dirigidas al bibliotecario se formularán de manera clara y concisa para que puedan ser satisfechas de la mejor manera posible.

El futuro usuario ha de comprometerse a cumplir estas normas. La no aceptación por parte del usuario de cualquiera de estas normas invalidará su acceso a este servicio.



Normas del servicio de Internet:

1º. El máximo tiempo de uso será de 1 hora por usuario y día. Si al finalizar ese tiempo, existen puestos libres se podrá prorrogar una hora más.

2º. El acceso a un puesto se podrá realizar solamente solicitándolo a la persona encargada de la biblioteca en el momento de querer acceder al puesto.

3º. A la llegada a la biblioteca, el usuario deberá pasar por el control de la persona encargada y solicitar el puesto. Ésta le asignará uno. El usuario deberá rellenar una ficha identificativa y presentar un documento acreditativo válido. No podrá acceder ningún usuario que no presente el DNI, Pasaporte o similar.

4º. Si hay más demanda que puestos disponibles, la asignación se realizará bajo orden de petición controlada por la persona encargada de la biblioteca, de la manera que se describe en el punto anterior.

5º. Sólo está permitido una persona por puesto, salvo en el caso de los menores que pueden estar acompañados de una persona adulta. Los menores de 16 años sólo podrán acceder al servicio acompañados de una persona adulta, que será la responsable de todas las acciones que realice el menor. Sólo en este caso se permite estar a dos personas en un mismo puesto.

6º. Los usos son puramente formativos y para actividades profesionales, escolares, etc. En ningún caso se podrá utilizar con fines de ocio (chats, juegos, etc.).

7º. Está prohibido descargar software de Internet e instalar algún tipo de programa o aplicación, así como modificar la configuración de los PCs. El incumplimiento de esta norma se considera Falta Leve.

8º. Está prohibido descargar de Internet páginas con contenido sobre violencia, pornografía o terrorismo. El incumplimiento de esta norma se considera Falta Grave

9º. El uso de sistemas de comunicación instantánea sólo está permitido para actividades profesionales, docentes o en aquellos casos debidamente autorizados. El incumplimiento de esta norma se considera Falta Leve.

10º. Los recursos del servicio son de uso compartido por lo que deberán ser tratados con el debido cuidado y respeto. El incumplimiento de esta norma se considera Falta Grave.

11º. El Servicio se encuentra dentro de la biblioteca por lo que se exige SILENCIO. El incumplimiento de esta norma se considera una Falta Grave.

12º. Está prohibido comer, beber y fumar. Utiliza las papeleras. El incumplimiento de esta norma se considera Falta Grave.

Cada usuario es responsable de las acciones que realice. En caso de incumplimiento será expulsado independientemente de las acciones legales que se puedan cursar.

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